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Avances tecnológicos

Avances tecnológicos 

asistentes de inteligencia artificial (entre 1 y 2 años)

En la actualidad existen asistentes virtuales como Siri y Alexa que pueden comprender comandos básicos como “activar alarma” o “reproducir música”. 
Sin embargo, estos aparatos de inteligencia artificial reconocen pocas órdenes y a menudo se equivocan. Sin embargo, esta situación puede cambiar ya que desde el 2018 las empresas OpenAI y Google trabajan en un sistema que puede predecir palabras y comprender un enunciado como lo haría un ser humano. 

Se estima que en un futuro vamos a poder conversar con estos dispositivos y pedirles, por ejemplo, que compren por internet, busquen información, o hasta que tomen apuntes.

Si bien las habilidades duras o técnicas son importantes a la hora de postularse a un trabajo, también se tiene en cuenta la personalidad y carácter de cada individuo frente a los desafíos que presentan las nuevas profesiones.

Los robots y la inteligencia artificial - Roastbrief
Para el profesor de educación y economía de la Universidad de Harvard, David Deming, existen ciertas habilidades blandas que serán fundamentales para esta nueva etapa. Entre ellas, se destacarán la capacidad de intercambio y negociación.
Según Deming, los trabajos que requieren habilidades matemáticas se han automatizado en los últimos años y los trabajos que requieren habilidades sociales tienden a ser mal pagos.
El desafío será para los educadores que a partir de ahora deberán complementar la enseñanza de habilidades técnicas, como la matemática y la informática, con las habilidades blandas o sociales para que los trabajadores del futuro puedan competir en el nuevo mercado laboral.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL: DESAFÍOS, BENEFICIOS Y RIESGOS – Latam

¿QUÈ PARTIDOS POLITICOS O MOVIMIENTOS REGIONALES O LOCALES EXISTEN EN JUNIN?

¿QUÈ PARTIDOS POLITICOS O MOVIMIENTOS REGIONALES O LOCALES EXISTEN EN JUNIN?
La República 19 jun. 2018
INTRODUCCIÓN
Partidos políticos presentan listas al JEE faltando muy poco para el cierre del plazo legal y organizan caravanas que dificultaron el tránsito y generaron malestar entre los ciudadanos.
En Huancayo, región Junín, los partidos políticos y movimientos regionales esperaron hasta el último momento para la presentación de sus listas. Este panorama se vio reflejado en el total ausentismo en el establecimiento del local del Jurado Electoral Juridico durante toda la mañana del martes 19, día límite para la presentación de listas para las elecciones regionales y municipales 2018.
Según el presidente del JEE de Huancayo, Carlos Carvo Castro, hasta las dos de la tarde sólo habían presentado sus listas el movimiento regional Contigo Junín, Sierra y Selva, liderado por Zócimo Cárdenas. Un día antes lo había hecho parcialmente Caminemos Juntos, Perú Libre y Alianza Para el Progreso.
Este panorama es desfavorable teniendo en cuenta que el JEE tiene tres días de plazo para hacer las observaciones de las listas en caso las hubiere. Así explicó Carlos Carvo, quien además añadió que el ausentismo de los partidos durante toda la mañana dificulta mantener actualizada el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), por medio del cual el ciudadano puede acceder a información actualizada con respecto a los partidos políticos.
REFLEXIONES INICIALES
“Lamentablemente, la actitud de los candidatos no es la adecuada. Deberían de generar ellos respeto y orden dentro de los procesos electorales, pero lo que hacen además de inscribirse faltando casi nada, es salir en caravanas por las calles, creando bullicio y en algunas ocasiones incluso enfrentamientos entre simpatizantes”, enfatizó.

Cerca de las cuatro de la tarde, la duda con respecto a la participación conjunta de  Dimas Aliaga y César Combina se disipó, ambos irán por el movimiento regional Caminemos Juntos, ya no como alianza, sino en el mismo movimiento. Luego de firmar las listas, Combina fue conminado a responder sobre la acusación de lavado de activos que le hicieran la semana pasada a lo que responsabilizó al actual gobernador regional Ángel Unchupaico de estar detrás de esa denuncia.
Los dos movimientos que convocaron una enorme cantidad de simpatizantes fueron la de Perú Libre, que lleva como candidato al Gobierno Regional al exgobernador Vladimir Cerrón, y Junín Sostenible, cuyo aspirante regional es Javier Yauri. Las listas de la primera llegaron al local del JEE al aproximadamente a las seis de la tarde y las de Junín Sostenible una hora más tarde.
MI ARGUMENTACIÓN FORMAL
Las principales listas inscritas hasta al momento son: 

- Contigo Junín Sierra y Selva: Zósimo Cárdenas, gobernador; Julio de la Rosa por Huancayo; Fredy Aliaga, a El Tambo; Jorge Huamán a Chilca.
- Perú Libre: Vladimir Cerrón Rojas a gobernador; Fernando Orihuela, vicegobernador. Henry López a Huancayo, Carlo Curisinche e El Tambo y Carlos de la Cruz a Chilca.
- Junín Sostenible: Javier Yauri a gobernador. Luis Camborda a Huancayo. Adiel Unchupaico a El Tambo, Paúl Quilca a Chilca.
- Alianza Para el Progreso: Mauricio Vila a gobernador, Jorge Solís por el Tambo, Manuel Barrionuevo a Chilca.
- Caminemos Juntos por Junín: César Combina, gobernador; Edgard Lestares a vicegobernador, Julio Llallico por Chilca; Willy Osores por Huancayo. La lista de regidores la encabezan Alex Sinchi, Paúl Beltrán y Sabino Blancas.
CONCLUSIONES
El Jurado Nacional de Elecciones informó hoy que el 62% de las listas presentadas para los comicios municipales y regionales del 7 de octubre próximo son de partidos políticos.

El JNE precisó que de las 14.546 fórmulas, 9.036 corresponden a partidos, mientras que 5.469 (37,6%) pertenecen a movimientos regionales.
Además, 21 listas (0,14%) son de organizaciones políticas locales distritales, mientras que 20 (0,14%) pertenecen a agrupaciones provinciales.
De acuerdo al reporte del JNE, Áncash y Junín son las regiones en las que se presentaron más listas: 1,159 y 1,064, respectivamente.
En tanto, el menor número de nóminas corresponde al Callao (110) y Tumbes (116). En el caso de Lima Metropolitana hay 712 y en Lima provincias, 1.025 listas.
Para estas elecciones, además, se han presentado 10.524 candidatos a cargos en gobiernos regionales, 21.717 a municipalidades provinciales y 81.420 a distritales.
La mayor cantidad de postulantes está en Lima Metropolitana con 8.842 (7,78%), mientras que la menor, en Tumbes con 1.002 (0,88%).
Respecto al proceso electoral del 2014, Lima Metropolitana registra un crecimiento en 2.280 candidatos. En cambio, en la región Puno el número cayó de postulantes cayó en 531.
REFERENCIAS

LA CRISIS POLITICA, EL CONTEXTO DE LA EXTREMA POLARIZACIÓN POLÍTICA

LA CRISIS POLITICA, EL CONTEXTO DE LA EXTREMA POLARIZACIÓN POLÍTICA



INTRODUCCIÓN

Estamos en un contexto de extrema polarización política

Primer ministro Salvador del Solar dijo que, ante la situación actual, es necesario el adelanto de elecciones. Legisladores criticaron proyecto y labor del Ejecutivo

En la reunión que sostuvieron el último martes, el presidente de la República, Martín Vizcarra, y el titular del Congreso, Pedro Olaechea, coincidieron en dar prioridad al proyecto para ADELANTAR LAS ELECCIONES generales del 2021 al 2020.

Pero en la sesión de ayer de la Comisión de Constitución, en la que el primer ministro Salvador del solar y el ministro de Justicia, Vicente Zeballos, se presentaron para sustentar la iniciativa del Ejecutivo, contrariamente, varios parlamentarios cuestionaron el accionar del gobierno, sobre todo desde bancadas como Fuerza Popular, el Apra y Contigo.
En parte, las críticas se dieron por la intervención de Salvador del Solar. El jefe del Gabinete fue el primero en presentarse en la sesión, que empezó luego de las 4:30 p.m. y culminó pasada la medianoche.
El primer ministro se centró en desarrollar las razones políticas y coyunturales por las que el gobierno presentó el texto de reforma constitucional de adelanto de elecciones.
“¿Por qué estamos en esta situación? […] ¿Por qué la propuesta? ¿Tiene lógica?”, se preguntó. “Tiene lógica y sentido. En el gobierno consideramos genuinamente que, dadas las circunstancias políticas que hemos venido atravesando en estos últimos años, se trata de la mejor manera de ofrecerle una salida política a nuestro país”, acotó.
Después, el primer ministro explicó los dos motivos que, según su visión, nos llevaron a la actual coyuntura: “Se debe a los dos elementos fundamentales que he venido sugiriendo: primero, que tengamos a un gobierno frente a un Congreso con una amplia mayoría opositora, y que nos encontramos en un contexto de extremada polarización política”.
Para Del Solar, “esta situación de polarización extrema genera una dinámica que es especialmente nociva y produce un grado de desconfianza recíproca”, dijo en referencia al Ejecutivo y Legislativo.
Agregó que, ante escándalos como Lava Jato o Los Cuellos Blancos del Puerto, “no estamos ante un mero caso de difícil convivencia entre poderes del Estado”.
“Es un contexto de gravísima corrupción sistémica que ha terminado por afectar, debemos reconocerlo, la propia legitimidad de la actividad política en su conjunto. Estamos ante una crisis de confianza excepcionalmente severa en la política”, recalcó.
Antes de culminar su intervención, Del Solar señaló que “si seguimos atacándonos y deslegitimándonos de manera constante entre nosotros, el desgaste al que nos vamos a seguir sometiendo va a ser tan grande que podríamos terminar [de] allanarle el camino a opciones populistas o extremistas de todo signo”.
“Por querer derrotar al adversario político, podemos terminar derrotando el futuro de nuestro país”, finalizó.
El ministro Zeballos se centró en dar los argumentos técnicos del proyecto de adelanto de elecciones. Recordó que en el 2000 se dio una situación similar, cuando se decidió adelantar los períodos del presidente de la República y del Parlamento. También indicó que la iniciativa incluye la modificación del artículo 112 de la Carta Magna, para que no pueda ser elegido presidente, de forma inmediata, “el ciudadano que bajo cualquier título hubiere ejercido la presidencia”.
—Los congresistas—
Tras la presentación de los miembros del Gabinete, comenzaron las intervenciones de los congresistas.


Miguel Torres, de Fuerza Popular (FP), afirmó que, al contrario de lo dicho por Del Solar, sobre un supuesto obstruccionismo al Ejecutivo desde el Parlamento, “siempre nos hemos terminado poniendo de acuerdo”. Además, señaló que situaciones como la actual “no nos habilitan para patear el tablero”.
Gilbert Violeta, de Contigo, indicó que a las autoridades “no nos han elegido para ser amigos”. También planteó que, en vez de la iniciativa del Ejecutivo, se modificara el artículo 115 de la Carta Magna, como propone un proyecto que presentó.
Mauricio Mulder, del Apra, cuestionó la intervención de Del Solar y dijo que el proyecto de adelanto de elecciones debería archivarse. “A nosotros nos eligió el pueblo. [...] Los parlamentarios no podemos renunciar. ¿Por qué usted no renuncia?”, le dijo al primer ministro.
Karina Beteta y Rosa Bartra, de Fuerza Popular, coincidieron en que “no hay una crisis política, sino crisis presidencial”.
Beteta, quien solicitó la renuncia del presidente Vizcarra, también pidió una aclaración por un video sobre el adelanto de elecciones que llevaba un sello del Gobierno Peruano. Este generó una tensa discusión entre los parlamentarios.
Del Solar aclaró que el equipo de comunicaciones de la PCM elaboró el video, y que este no generó un gasto adicional a su oficina. Antes de que culminara la sesión, recalcó que el video “no incita a la violencia”, como indicaron algunos legisladores. Esto en alusión a la marcha que se realizará hoy.
—Diferencias—
Según Del Solar, las consecuencias del enfrentamiento entre Ejecutivo y Parlamento han llevado a que haya “ocho interpelaciones, dos censuras de ministros, dos cuestiones de confianza rechazadas [y] dos mociones de vacancia presidencial, [además de] la propia renuncia del presidente [Pedro Pablo] Kuczynski”.


El congresista Miguel Torres (Fuerza Popular) refutó los números mencionados por el primer ministro. Afirmó que el Congreso no ha sido obstruccionista. Por ejemplo, mencionó que en el Parlamento se aprobaron los tres pedidos de facultades del gobierno. También dijo que en este período congresal solo se archivó el 2,9% de proyectos del Ejecutivo.
REFLEXIONES INICIALES
La profunda crisis política e institucional de Perú llega este martes a un nuevo punto álgido con la cuestión de confianza a la que se somete en el Congreso el Gobierno del presidente Martín Vizcarra y que puede terminar en la disolución del Parlamento y la convocatoria de nuevas elecciones.
Esta situación es fruto de una cadena de acciones y omisiones que se arrastran desde las elecciones presidenciales y legislativas del 2016 y está teñida de principio a fin por la mancha de la corrupción en todos los estamentos del Estado peruano, causa última de la tensa situación.
Una elección dividida
El 10 de abril del 2016 las elecciones generales dejaron a Fuerza Popular (derecha populista) como el partido más votado bajo el liderazgo de Keiko Fujimori, hija del expresidente Alberto Fujimori.
Fujimori obtuvo una mayoría aplastante en el Congreso (73 sobre 130 diputados), pero quedó a las puertas de la Presidencia al no lograr el 50% de los sufragios válidos.
Fujimori enfrentó en segunda vuelta al liberal Pedro Pablo Kuczynski, quien contra pronóstico logró el voto del 50.12% de los peruanos y la derrotó por un margen de 40,000 votos.
El resultado dejó un presidente con un escaso apoyo parlamentario y con un tenue apoyo popular y a una oposición mayoritaria en el Congreso, sorprendida y ofendida por una derrota que no esperaba.


MI ARGUMENTACIÓN FORMAL
La oposición a Kuczynski fue implacable y el Congreso forzó de forma sistemática interpelaciones y renuncias en el Gobierno.
En septiembre del 2017, se le negó la confianza al primer ministro de Kuczynski, Fernando Zavala  y obligó a la dimisión de todo el Gobierno.
En retrospectiva ese paso fortaleció al Ejecutivo, ya que la Constitución peruana habilita al presidente a disolver el Parlamento si este le niega la confianza a dos gabinetes.
Con cuatro años de legislatura pendientes, Fuerza Popular había quemado ya casi toda su pólvora.
Esa oposición beligerante causó fisuras en el partido, particularmente entre los hermanos Keiko y Kenji Fujimori, este último partidario de ayudar a Kuczynski para lograr un indulto para su padre, Alberto, preso por delitos de lesa humanidad.
Odebrecht, Odebrecht, Odebrecht
En febrero del 2017 se supieron los primeros detalles de la gigantesca trama de sobornos de la constructora Odebrecht  en Perú, una enorme red de corrupción que abarcó prácticamente a todos los partidos y líderes políticos del país.
De un plumazo, al enfrentamiento político se le unieron choques legales y jurídicos, que tuvieron su eco en el Congreso tanto como entre la opinión pública.
Acosado por Odebrecht, Kuczynski afrontó a finales de 2018 un pedido de destitución impulsado y apoyado por Fuerza Popular.
En ese contexto, el mandatario finalmente usó la carta del indulto y liberó al expresidente, ganándose así al grupo liderado por Kenji, que con sus votos lo salvaron de la destitución entre la indignación de gran parte de la opinión pública.
Sin embargo, apenas tres meses después, mientras las revelaciones de Odebrecht embarraban más y más al presidente, y sin respaldo alguno en el Congreso, Kuczynski dimitió antes de someterse nuevamente a un proceso de destitución que iba a perder.
Martín Vizcarra  asumió la presidencia como una gran incógnita, mientras nuevas revelaciones apuntaban a que Keiko Fujimori habría recibido financiación de Odebrecht y favores de otra red de corrupción inserta en el Poder Judicial.
Chávarry y Los Cuellos Blancos                                                                 En junio del 2018, se supo de la existencia de una trama de jueces y fiscales de alto rango que traficaban con favores y prebendas, conocidos como "Los Cuellos Blancos".
CONCLUSIONES
Un juez supremo, César Hinostroza, y el entonces fiscal de la Nación, Pedro Chavarri  quedaron expuestos como supuestos integrantes de esta red, que habría ayudado a Fujimori en sus problemas legales.

Hinostroza fue protegido por Fuerza Popular hasta que huyó a España, así como Chávarry, quien en su papel como jefe de la fiscalía intentó torpedear por activa y pasiva a los fiscales que investigaban a Fujimori.
Ante el creciente clamor popular, Chávarry renunció al cargo de fiscal de la Nación, pero aún sigue amparado en su inmunidad legal y se mantiene como fiscal supremo, respaldado por el fujimorismo.
Vizcarra, que asumió como principal política de Estado el combate a la corrupción, forzó un referéndum de reforma constitucional enfocado en esa lucha, que fue apoyado masivamente por la ciudadanía.
El Congreso accedió a regañadientes a esa reforma y prometió llevarla a cabo, bajo la mirada de una opinión pública que tiene una nefasta visión del Parlamento.
Sin embargo, los fujimoristas siguieron protegiendo a Chávarry y han evitado procesar las reformas, motivos que llevaron a Vizcarra a confrontar nuevamente al Congreso bajo la amenaza de disolverlo legalmente, amenaza que esta vez sí puede llevar a cabo.
REFERENCIAS
https://elcomercio.pe/politica/adelanto-elecciones-salvador-solar-contexto-extrema-polarizacion-politica-noticia-nndc-ecpm-672283
https://gestion.pe/peru/politica/claves-crisis-politica-e-institucional-peru-269144-noticia/?ref=gesr 

LA PENA DE MUERTE EN EL PERÚ


LA PENA DE MUERTE EN EL PERÚ: UNA PROPUESTA INVIABLE
César Humberto Ulloa Díaz
cesarhumbulld@yahoo.es

INTRODUCCIÓN
Las constantes declaraciones del Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, y de algunos representantes del Poder Legislativo, a favor de la aplicación de la pena de muerte en el Perú para los casos de violación sexual a menores de edad seguida de muerte, la posible denuncia al Pacto de San José de Costa Rica y la presentación de diversos Proyectos de Reforma Constitucional1, han conmocionado el ambiente político y social de nuestra patria. Asimismo, las últimas encuestas realizadas en diferentes regiones del Perú, reflejan que la mayoría de los peruanos están a favor de que se aplique la pena capital para aquellos que cometan el delito mencionado anteriormente. Si bien es cierto las cifras son alarmantes y que sólo la pena de muerte puede tranquilizar a la mayor parte de la población peruana, también es cierto que el alto índice de criminalidad se debe, como bien lo afirma la Dra. María del Carmen García Cantizano, a la insuficiencia del aparato estatal que a la supuesta benignidad de las leyes penales peruanas.

Por ello con gran tino el profesor de la Pontífice Universidad Católica del Río Grande do Sul de Brasil, Dr. Sandro Schmitz dos Santos refiere: “Si nuestra democracia no tiene las condiciones de hacer frente a sus peligros sin la pena de muerte, ella está probando su propio fracaso. Su impotencia frente a sus fallas”2. Ilustres personalidades del quehacer jurídico como los doctores: Francisco Eguiguren Praeli, Aníbal Quiroga León, Fernando Vidal Ramírez y Jorge Avendaño Valdez, han expresado, en múltiples oportunidades, su rechazo a la aplicación de la pena de muerte manifestando, asimismo, que la denuncia parcial al Pacto de San José de Costa Rica resulta inviable.

Una vez más, manifestamos nuestra oposición a la aplicación de la pena de muerte en el Perú e insistimos en el factor preventivo en vez de usar la irracionalidad e inhumanidad que incentiva y profundiza la cultura de muerte en nuestra patria. Creemos firmemente que ningún Estado en el mundo puede legitimar el deseo de venganza de la mayor parte de su población, pues toleraría con ello la opresión de las minorías, lo que resulta incompatible con los principios democráticos del Estado de Derecho.







REFLEXIONES INICIALES
Desde épocas electorales, los candidatos con mayor opción a ocupar el sillón presidencial, se declaraban a favor de la aplicación de la pena capital para los casos de violación sexual de menores de edad, y hoy el actual Presidente de la República y gran parte de legisladores oficialistas manifiestan impulsar, en el parlamento, la iniciativa legislativa (proyecto de reforma constitucional), para modificar el artículo 140º de la Constitución y aplicar dicha pena a los violadores de menores de edad que causen la muerte a sus víctimas. En el mes pasado (septiembre 2006), se presentaron ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, 3 Proyectos de Reforma Constitucional, uno de ellos presentado por parte del Ejecutivo en uso de sus facultades conferidas por nuestra Lex Legum, como es el Proyecto Nº 281/2006-PE, cuya propuesta modificatoria es la siguiente: “La pena de muerte sólo puede aplicarse por delito de traición a la Patria en caso de guerra, el de terrorismo, y el de violación sexual de menor de siete años de edad seguida de muerte”.

Dicho Proyecto sustenta la implantación de la pena de muerte en la urgencia de proteger a los menores de edad para que no sean víctimas de violación sexual, por lo que resulta pertinente la reforma constitucional conforme lo prescribe el artículo 206º de nuestra Lex Legum. Ante ello, es necesario precisar que la Reforma Constitucional conforme al segundo supuesto descrito en el artículo 206º del Texto Fundamental, esto es, mediante referéndum es imposible, pues así se desprende del artículo 32º in fine del citado cuerpo normativo que prescribe: “no pueden someterse a referéndum la supresión o disminución de los derechos fundamentales de la persona (...)”. Lo cual indica que procede la reforma constitucional sólo si es aprobada en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas, es decir, el artículo 140º de la Constitución será modificado siempre que sea aprobado por, al menos, 81 congresistas en cada una de las legislaturas ordinarias, las cuales no se dan de manera inmediata, pues dichas legislaturas con reguladas por el Reglamento del Congreso. 6 Asimismo, el Ejecutivo en el aludido Proyecto refiere que, “reanudar” la pena de muerte no contraviene la Convención Americana de Derechos Humanos, pues no se trata de una extensión de esta pena para los delitos a los cuales no se la aplica actualmente, por lo que es innecesario denunciar el Pacto para aplicar la pena de muerte en los casos de violación sexual de menores seguida de muerte. El fundamento radica en que el Perú, mediante Decreto Ley Nº 20583 de abril de 1974 sancionaba con pena de muerte a aquel que practicara el acto sexual con un menor de siete años, y como esta norma estuvo vigente al momento de la ratificación del Pacto de San José de Costa Rica en 1978, entonces no se está extendiendo los supuestos, sino tan sólo reanudando los mismos, por ende, no hay contravención al artículo 4.2 del referido instrumento internacional.




MI ARGUMENTACIÓN FORMAL
El 15 de abril de 1983 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Comisión) sometió, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte), la opinión consultiva sobre la interpretación de la parte in fine del artículo 4.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (denominado Pacto de San José de Costa Rica), las cuales radicaban en dos interrogantes:
1) ¿Puede un Gobierno aplicar la pena de muerte a delitos para los cuales no estuviese contemplada dicha pena en su legislación interna, al momento de entrar en vigor para ese Estado la Convención Americana sobre Derechos Humanos? y
2) ¿Puede un Gobierno, sobre la base de una reserva hecha al momento de la ratificación al artículo 4, inciso 4 de la Convención, legislar con posterioridad a la entrada en vigor de la Convención imponiendo la pena de muerte a delitos que no tenían esa sanción cuando se efectúo la ratificación? Por razones de tiempo no ahondaremos en el estudio de tan importante instrumento, sólo nos limitaremos a transcribir parte del mismo.
Refiere la Corte que se debe tener presente que los tratados relativos a la protección de los Derechos Humanos “no son tratados multilaterales de tipo tradicional, concluidos en función de un intercambio recíprocos de derechos, para el beneficio mutuo de los Estados contratantes, sino que, su objeto y fin son la protección de los derechos fundamentales de los seres humanos, independientemente de su nacionalidad, tanto frente a su propio Estado como frente a los otros Estados contratantes”. Es por ello que el Pacto de San José de Costa Rica, con el objeto de garantizar el derecho a la vida, establece límites a la aplicación de la pena de muerte, por la cual se dispone que dicha pena podrá ser aplicada sólo para los delitos más graves o en condiciones verdaderamente excepcionales. Agrega la Corte: “No se trata ya de rodear de condiciones rigurosas la excepcional imposición o aplicación de la pena de muerte, sino de ponerle un límite definitivo, a través de un proceso progresivo e irreversible destinado a cumplirse tanto en los países que no han resuelto aún abolirla, como en aquellos que han tomado esa determinación. En el primer caso, si bien la Convención no llega a la supresión de la pena de muerte, sí prohíbe que se extienda su uso y que se imponga respecto a delitos para los cuales no estaba prevista anteriormente. Se impide así cualquier expansión en la lista de crímenes castigados con esa pena. En el segundo caso, prohíbe de modo absoluto el restablecimiento de la pena capital para todo tipo de delito, de tal manera que la decisión de un Estado parte en la Convención, cualquiera sea el tiempo que la haya adoptado, en el sentido de abolir la pena de muerte se convierte, ipso jure, en una resolución definitiva e irrevocable. ”
CONCLUSIONES
Fluye del Proyecto de Reforma Constitucional Nº 281/2006-PE, que el Poder Ejecutivo realiza una interpretación del artículo 4º inciso 2 del Pacto de San José de Costa Rica para intentar restablecer la pena de muerte en el Perú para los casos de violación sexual de menores de edad, lo cual creemos que es una actitud desacertada, pues lo correcto sería que el Estado peruano someta en consulta, a la Corte, la interpretación de dicha disposición y la viabilidad de los proyectos abordados en el presente trabajo. El Pacto de San José de Costa Rica es claro en este sentido, pues la Corte tiene competencia tanto para los casos contenciosos como emitir opiniones consultivas, este último de conformidad con el artículo 64º inciso 1 del Pacto que prescribe: “Los Estados miembros de la Organización podrán consultar a la Corte acerca de la interpretación de esta Convención o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados americanos...” En relación a la pena de muerte, Cessare Beccaria expresó: “parece absurdo que las leyes, este es, la expresión de la voluntad pública, que detestan y castigan el homicidio, lo cometan ellas mismas; y que para separar a los ciudadanos del intento de asesinar, ordenen un público asesinato”.

La pena de muerte es considerada desde hace muchos años como la pena más cruel y degradante que no disuade al delincuente y menos combate la criminalidad. Es lamentable que en pleno siglo XXI sigamos sometiendo a debate el tema. Dejamos en claro que no defendemos a aquellas personas que, con su conducta, se apartan de los fines y aspiraciones de nuestra sociedad, dichas personas deben ser sancionadas ejemplarmente, pues la pena tiene su finalidad, pero también estamos convencidos que, en ese afán de sancionar, el Estado tiene ciertos límites que se fundan en el respeto por los Derechos Humanos y estos encuentran su fundamento en la naturaleza del hombre, la legislación interna y la internacional, es por ello que en defensa de estos Derechos expresamos nuestro rechazo a la pena de muerte.

REFERENCIAS
1.    Constitución Política del Perú.
2.    “Cuarto Poder”, programa emitido por América Televisión el domingo 13 de agosto del 2006.
3.    Congreso de la República http://www.congreso.gob.pe
4.    Corte Interamericana de Derechos Humanos http://www.cidh.org
5.    SCHMITZ DOS SANTOS, Sandro. “La Pena de Muerte como prueba del Fracaso de la Democracia”. En http://www.pensamientopenal.com.ar
6.    ULLOA DÍAZ, César Humberto y ULLOA GAVILANO, José Rubén: “La Pena de Muerte para los Delitos de Violación Sexual contra Menores de Edad: A propósito del Proyecto de Ley Nº 13389”, publicado en la Revista Análisis Jurídico. Tomo 354. Noviembre del 2005. editorial Normas Legales de Trujillo.
7.   ULLOA DÍAZ, César Humberto y otro: “La Corte Penal Internacional y la Constitución Peruana de 1993”. En Revista Peruana de Jurisprudencia Año 7 Número 54 agosto del 2005. Editorial Normas Legales – Trujillo.

COLEGIO PARTICULAR ANDINO 


2019 - HUANCAYO

 Luna Ibarra Montserrat 

EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO  

Opciones en la adquisición de sistemas 

Figura 1: manos 
   Fuente: wikipedia 

La figura presenta las cuatro alternativas generales para el desarrollo interno: la subcontratación (outsourcing), la obtención de una licencia, la contratación de un proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) y dejar que los usuarios desarrollen el sistema. Si es posible obtener una aplicación con las funciones y la calidad deseadas de más de una de estas fuentes, el factor importante que falta por considerar es el costo. Para esto sería preferible una licencia, por su disponibilidad inmediata y bajo costo. Si no es posible obtener una licencia, la siguiente opción es obtener el sistema de un ASP, porque está disponible de inmediato para usarlo y la organización no tiene que desembolsar una gran cantidad para tal uso. Si los ASP no ofrecen el IS buscado y los empleados no pueden desarrollarlo, lo siguiente es subcontratar el desarrollo del IS. Sin embargo, como verán, la subcontratación es un concepto que puede abarcar más que sólo encargar el desarrollo
de una aplicación.

   Figura 1: computadoras conectados 

SUBCONTRATACIÓN (OUTSOURCING)

La subcontratación en general significa contratar los servicios de otra organización o personas para realizar una parte del trabajo que, de lo contrario, realizarían usted o sus empleados. En el área de la IT, subcontratación (outsourcing) tiene dos significados. Uno es encargar el desarrollo de una aplicación a otra organización, por lo general una empresa que se especializa en el desarrollo de este tipo de aplicación. La otra es contratar los servicios de otra compañía para administrar todos o una parte de los servicios que ofrecería una unidad IT de la organización. Este último concepto puede no incluir el desarrollo de aplicaciones nuevas.
Subcontratación de aplicaciones personalizadas

Suele suceder que una organización tenga una necesidad que el software existente no satisface.

Por ejemplo, si los procedimientos de contabilidad de una empresa en particular son tan específicos que ningún software existente puede realizarlos, la empresa debe desarrollar software personalizado.
En los años recientes, cada vez menos compañías han desarrollado aplicaciones de manera interna. La mayoría de las aplicaciones personalizadas son desarrolladas por empresas que se especializan en ofrecer servicios de consultoría y desarrollo de software a otras compañías.
Si bien las aplicaciones personalizadas son más costosas que las adquiridas, tienen varias ventajas


  • Se ajustan bien a la necesidad: 



La organización disfruta una aplicación que satisface a cabalidad sus necesidades, en vez de conformarse con un programa ya terminado que se ajusta con mucha cercanía.

  • Se ajustan bien a la cultura:
Cuando desarrollan un sistema personalizado, los desarrolladores son más sensibles a la cultura organizacional. Los empleados disfrutan una aplicación que se adapta a su trabajo. Al obtener una licencia de una aplicación, en ocasiones los empleados deben cambiar su modo de trabajar para adaptarse al software.

  • El mantenimiento es dedicado:
Debido a que la compañía accede con facilidad a los programadores, éstos se familiarizan con los programas y proporcionan un mantenimiento personalizado.
  • El mantenimiento incluye las modificaciones empresariales (entre ellas las funciones y la adquisición de otras organizaciones) y la actualización del software cuando aparecen tecnologías nuevas.
  • La interfaz no tiene problemas:
Cuando se personaliza un sistema para una organización, se pone mucha atención en tener interfaces adecuadas con otros sistemas. El sistema nuevo se comunica sin problemas con esos sistemas.

  • La seguridad es especial:
Se integran en la aplicación medidas de seguridad especiales. Como el programa se ha personalizado, sólo la organización conoce las medidas de seguridad.

  • Pueden tener una ventaja estratégica:
“Usos estratégicos de los sistemas de información”, que las compañías obtienen una ventaja estratégica cuando emplean un IS que no poseen sus competidores. Una aplicación única puede dar a una empresa una ventaja estratégica porque es la única que disfruta la aplicación. Por ejemplo, ninguna aplicación CRM puede hacer por una empresa lo que consigue una aplicación desarrollada
específicamente para atender a sus clientes de una manera única.

La mayor desventaja de las aplicaciones personalizadas es su costo. El desarrollo del software  personalizado requiere que una organización financie todos los costos del desarrollo; en contraste, los costos de desarrollar aplicaciones ya preparadas se distribuyen entre una gran cantidad de compradores esperados. Otra desventaja del desarrollo personalizado es que el programa de producción se puede retrasar porque el personal de IS no esté disponible durante periodos prolongados.



Otro inconveniente importante es que es menos probable que el software personalizado sea  compatible con los sistemas de otras organizaciones. Si organizaciones con sistemas personalizados diferentes deciden conectar sus sistemas, puede ser muy elevado el costo de modificar uno o ambos

sistemas.

Los clientes del desarrollo de software subcontratado también deben estar conscientes de un conflicto
inherente con esta opción: por una parte pretenden que la empresa de desarrollo se apegue a un contrato que incluya los requerimientos específicos del software. Por otra, los requerimientos muy específicos hacen inflexible y potencialmente costoso el esfuerzo de desarrollo: si la compañía cliente necesita cambiar los requerimientos durante el desarrollo, los desarrolladores se pueden negar a desviarse de los requerimientos originales o aceptan realizar los cambios por un cuantioso cobro adicional. Los contratos para el desarrollo de software subcontratado también pueden ser incompatibles con ciertos métodos de desarrollo, como los métodos ágiles, analizados en el capítulo 12. La esencia de tales métodos es que el cliente puede solicitar funciones nuevas o modificadas mientras ocurre el desarrollo, lo cual puede contrastar mucho con lo establecido en el contrato.

  Figura 2: medios de comunicacion 
                           Fuente: Etapas de implementación para soluciones 


Muchos países de Norteamérica y Europa han subcontratado el desarrollo de aplicaciones bien definidas con profesionales en el extranjero, un hecho denominado offshoring o encargar el trabajo en otros países. Los programadores en India, China y Filipinas ganan una fracción de lo que obtienen sus colegas en los países de Occidente, al mismo tiempo que tienen el mismo nivel de aptitud. Esto puede reducir mucho el costo del desarrollo. El encargar el trabajo en otro país ha provocado despidos de programadores en los países clientes y ha creado mucho resentimiento entre esos profesionales y quienes defienden la mano de obra local. Sin embargo, esto es parte del creciente alcance de la globalización económica.

Subcontratación de los servicios de IT
Muchas empresas han acudido a las compañías de IT por servicios a largo plazo: adquisición y mantenimiento del hardware; desarrollo, obtención de licencias y mantenimiento del software; instalación y mantenimiento de redes de comunicaciones; desarrollo, mantenimiento y operación de sitios Web; contratación de asesores, ejecución de las operaciones diarias de la IT, administración de las relaciones con los clientes y los proveedores; y demás. Una organización puede emplear una combinación de servicios internos y subcontratados. Puede subcontratar el desarrollo de un IS y después poner a sus propios empleados a cargo de su operación o puede subcontratar el desarrollo y la operación del sistema. Si una empresa subcontrata sólo los procesos empresariales rutinarios, como la recepción de pedidos del cliente o las transacciones de recursos humanos, la práctica se denomina subcontratación de los procesos empresariales.





Sin embargo, observe que este término incluye la subcontratación de muchas actividades, en tanto que este análisis se limita sólo a los servicios de la IT.


Al analizar si debe subcontratar los servicios de la IT, la administración debe formular las preguntas
siguientes:
  • ¿Cuáles son nuestras aptitudes empresariales principales? 
  • De las actividades que desarrollamos, ¿Cuáles especialidades debemos seguir practicando nosotros mismos?
  • ¿Qué de lo que realizamos fuera de nuestras especialidades pueden hacerlo mejor las organizaciones que se especializan en esa área?
  • ¿Cuáles de nuestras actividades pueden mejorar si establecemos una alianza con organizaciones de la IT?
  • ¿Cuáles de nuestras actividades debemos ejercitar para mejorar en lo interno?





Muchas compañías han comprendido que la IT no es su ámbito fundamental ni debe ser el  foco de sus esfuerzos. Además, la velocidad de los descubrimientos en la IT puede requerir más conocimientos que los existentes dentro de muchas organizaciones.
Figura 3: persona y robot dandose la mano 
  



Se asigna una porción cada vez mayor de los presupuestos de IS corporativos para servicios adquiridos (subcontratados). Las empresas que han ganado su reputación al proporcionar hardware y software, como IBM y Unysis, han presenciado que los ingresos de la porción de servicios subcontratados de sus negocios crecen más rápido que los ingresos por la venta de hardware y software.


Entre los principales proveedores de servicios de IT están IBM, EDS, Accenture, Computer Sciences
Corp. (CSC), Unysis, First Data, AT&T, Capgemini, Perot Systems y Hewlett-Packard. Aquí, en nombre de la sencillez y la claridad, llamamos vendedores a dichas compañías, mientras que las organizaciones con las que se subcontratan se denominan clientes. (Observe que algunos periódicos comerciales prefieren llamar subcontratistas a los vendedores.) La subcontratación suele ser una relación contractual de largo plazo en la cual el vendedor se hace cargo de una parte o de todas las funciones de la IT del cliente. Las funciones subcontratadas comunes se listan en la figura.

referencias: